Política para el Tratamiento de Datos Personales

POLÍTICA PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES EN EL PORTAL WEB DEL SERVICIO INTEGRADO DE SEGURIDAD ECU 911
 
I. POLÍTICA DE PRIVACIDAD
 
  1. Alcance
Esta política de privacidad se aplica a todos los datos personales recolectados a través de la página web institucional y de servicios del Servicio Integrado de Seguridad ECU 911.
 
En el Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 todos los funcionarios que realizan el tratamiento de los datos personales, suscriben acuerdos de confidencialidad de la información.
 
  1. Datos que se recolecta
El Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 recopila los siguientes datos personales en línea:
  • Comportamiento de navegación en la página,
  • Sistema operativo y navegador utilizado,
  • Dispositivo que utiliza para acceder al portal.
 
En el caso de solicitud de verificación de línea suspendida recopila los siguientes datos personales:
  • Dirección de correo electrónico,
  • Nombres completos,
  • Apellidos completos
  • Cédula de ciudadanía,
  • Índice dactilar,
  • Provincia de residencia,
  • Ciudad de residencia,
  • Número suspendido,
  • Número de contacto,
  • Detalle de solicitud de levantamiento.
 
  1. Finalidad
El Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 utiliza su información personal para los siguientes fines:
  • Para proporcionar soporte u otros servicios, el Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 puede usar su información personal para proporcionarle asistencia u otros servicios que haya solicitado. El Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 también puede usar su información personal para responder directamente a sus solicitudes de información.
 
  • Para proporcionar información basada en sus necesidades y responder a sus solicitudes, el Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 puede usar su información personal para proporcionarle avisos de nuevos lanzamientos de productos y desarrollos de servicios.
 
  • Para administrar servicios. El Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 puede contactarlo para confirmar cierta información.
 
  • Para comunicarnos con usted acerca de una reunión, conferencia o evento organizado o copatrocinado por el Servicio Integrado de Seguridad ECU 911. Esto puede incluir información sobre el contenido del evento, la logística del evento, las actualizaciones y la información adicional relacionada con el evento.
 
  • Para considerarlo para un reconocimiento o distinción.
 
  • Para proteger contenidos y servicios. Podemos usar su información para prevenir actividades potencialmente ilegales y para hacer cumplir nuestros términos y condiciones. También utilizamos una variedad de sistemas tecnológicos para detectar y abordar actividades anómalas y para analizar el contenido a fin de evitar abusos, como el spam. Para obtener retroalimentación o aportación de usted. Con el fin de ofrecer productos y servicios de mayor interés (por ejemplo, a través de encuestas, estudios de usabilidad, grupos de enfoque).
 
Datos personales de niños
El Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 no recopila datos de o sobre niños/as sin el permiso de los padres o tutores. Si nos enteramos de que hemos recopilado información personal de un niño/a, eliminaremos esa información lo más rápido posible. Si cree que podemos tener alguna información de o sobre un niño/a, contáctenos.
  1. Proceso para ejercer derecho de Acceso y Rectificación
Se reconoce a los titulares de datos personales el Acceso y Rectificación al tratamiento que se realice sobre sus datos, para lo cual debe ingresar al sistema de contacto ciudadano, elegir el botón <Quejas> y seleccionar el tipo de requerimiento según sea requerido: Derecho de Acceso, o Derecho de Rectificación.
 
Debe llenar todos los campos requeridos en el formulario que se despliega, y finalmente presionar el botón <Aceptar>.
 
El Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 analiza si el pedido es procedente o no y comunica al titular notificando dicho particular. Independientemente de la pertinencia o no de su queja, el Servicio siempre responderá.
 
  1. Notificaciones cuando existan cambios en la política de privacidad
El Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 puede actualizar su Política de Privacidad cuando sea necesario. Si realizamos cambios sustanciales, le notificaremos por correo o mediante un aviso en este sitio web antes de que el cambio entre en vigencia. Le recomendamos que revise periódicamente esta página para obtener la información más reciente sobre nuestras prácticas de privacidad.
 
  1. Uso de cookies
Este portal web utiliza las cookies para mejorar la navegación y la calidad del sitio web.
No compartimos sus datos personales. Cuando hace clic o interactúa con un anuncio o banner, existe la posibilidad de que el propietario de este recurso pueda colocar una cookie en su navegador con sus propias condiciones de uso.
 
  1. Medidas para precautelar la seguridad de los datos personales
El Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 protege la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los activos de información al seguir un enfoque de administración de riesgos basado en políticas, estándares, pautas y procedimientos para cumplir con los objetivos de seguridad al tiempo que respalda los objetivos.
 
El Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 utiliza el protocolo HTTPS para brindar seguridad en el uso de este canal electrónico.
  1. Base legal que sustenta el tratamiento de los datos
El Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 fundamenta el tratamiento que da a los datos personales en instrumentos legales, tales como los que se citan a continuación:
 
CRE[1], Sección Tercera, Comunicación e información.- Art. 16.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a: 1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos… 2. El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación (…) 4. El acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y a otras que permitan la inclusión de personas con discapacidad.
 
Art. 18.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a: 1. Buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior… 2. Acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información excepto en los casos expresamente establecidos en la ley. En caso de violación a los derechos humanos, ninguna entidad pública negará la información.
 
Capítulo Sexto Derechos de Libertad, Art. 66.- “Se reconoce y garantizará a las personas (…)  19. El derecho a la protección de datos de carácter personal, que incluye el acceso y la decisión sobre información y datos de este carácter, así como su correspondiente protección. La recolección, archivo, procesamiento, distribución o difusión de estos datos o información requerirán la autorización del titular o el mandato de la ley…20. El derecho a la intimidad personal y familiar… 21. El derecho a la inviolabilidad y al secreto de la correspondencia física y virtual; ésta no podrá ser retenida, abierta ni examinada, excepto en los casos previstos en la ley, previa intervención judicial y con la obligación de guardar el secreto de los asuntos ajenos al hecho que motive su examen. Este derecho protege cualquier otro tipo o forma de comunicación… 23. El derecho a dirigir quejas y peticiones individuales y colectivas a las autoridades y a recibir atención o respuestas motivadas. No se podrá dirigir peticiones a nombre del pueblo.
 
Art. 175.- Las niñas, niños y adolescentes estarán sujetos a una legislación y a una administración de justicia especializada, así como a operadores de justicia debidamente capacitados, que aplicarán los principios de la doctrina de protección integral. La administración de justicia especializada dividirá la competencia en protección de derechos y en responsabilidad de adolescentes infractores.
 
Sección Quinta.- Niños, niñas y adolescentes Art. 44.- Art. 44.- El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas. Las niñas, niños y adolescentes tendrán derecho a su desarrollo integral, entendido como proceso de crecimiento, maduración y despliegue de su intelecto y de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones, en un entorno familiar, escolar, social y comunitario de afectividad y seguridad (…)
 
Art. 46.- El Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y adolescentes: (…)
 
  1. Protección frente a la influencia de programas o mensajes, difundidos a través de cualquier medio, que promuevan la violencia, o la discriminación racial o de género. Las políticas públicas de comunicación priorizarán su educación y el respeto a sus derechos de imagen, integridad y los demás específicos de su edad. Se establecerán limitaciones y sanciones para hacer efectivos estos derechos.
 
Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia Arts. 1, 11, 27 (i) final, 46 Nos. 1; 52, 78 TITULO I
DEFINICIONES (…)
“interés superior del niño” un principio que está orientado a satisfacer el ejercicio efectivo del conjunto de los derechos de los niños, niñas y adolescentes; e impone a todas las autoridades administrativas y judiciales y a las instituciones públicas y privadas, el deber de ajustar sus decisiones y acciones para su cumplimiento.”  
 
COESCCi[2], Disposiciones Generales, VIGESIMA SEPTIMA. – “(…) El tratamiento de datos personales que incluya acciones tales como la recopilación, sistematización y almacenamiento de datos personales, requerirá la autorización previa e informada del titular. No se requerirá de la autorización del titular cuando el tratamiento sea desarrollado por una institución pública y tenga una finalidad estadística o científica; de protección a la salud o seguridad; o sea realizado como parte de una política pública de garantía de derechos constitucionalmente reconocidos”.
 
Decreto Ejecutivo No. 1384, diciembre 2012, que establece como política pública el desarrollo de la interoperabilidad gubernamental que consiste en el esfuerzo mancomunado y permanente de todas las entidades de la Administración Pública Central, para compartir e intercambiar entre ellas, por medio de las tecnologías de la información y comunicación, datos e información electrónicos que son necesarios en la prestación de los trámites y servicios ciudadanos que presentan las entidades, así como en la gestión interna e interinstitucional.
 
II. TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO
El uso de este portal o de cualquiera de sus componentes, implica la aceptación expresa de los presentes Términos y condiciones de uso.
 
El Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 dispone de este portal web para prestar información a los ciudadanos sobre la gestión que lleva adelante.
 
Los datos que han recibido tratamiento estadístico pueden están disponibles en formatos abiertos, para facilitar su utilización.
 
Los trámites o servicios que se realicen después de las dieciocho horas o en días inhábiles, se considerarán realizados al día hábil siguiente.
 
Responsabilidad
El Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 solamente será responsable del tratamiento y uso de los datos personales que recabe en forma directa a través de este canal electrónico.
 
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Son obligaciones del usuario
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– No interferir ni interrumpir el acceso, funcionalidad y utilización de canales electrónicos y redes conectados al mismo.
 
[1] Constitución de la República del Ecuador
[2] Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación